top of page

Exclusión Financiera en la LUC


La Ley de Inclusión Financiera (en adelante LIF) es de 2014, aunque tuvo adecuaciones posteriores. La misma, tuvo dos elementos que molestó a los dueños del poder: la obligatoriedad de pagar sueldos por medios electrónicos conllevando a una importante formalización del trabajo y los salarios; y, obviamente, un mayor control sobre la evasión.

Tampoco fue del agrado del sistema bancario. Como siempre, el sector privado se opuso a cualquier regulación, y por otro lado molestos por la obligatoriedad en el carácter gratuito que adquirirían las cuentas de nómina a través de las cuales en adelante cobrarían los asalariados en Uruguay.

El tema no es urgente, a no ser que el Sr. lector sea empresario y vea la posibilidad de no pagar por los aportes que corresponden hacer al BPS por cada trabajador. Tampoco es urgente cuando sabemos que resulta contraproducente en tiempos de inmovilización sanitaria, pues la utilización de los medios electrónicos para recibir ingresos y efectuar pagos sin moverse de la casa es indispensable. El estímulo a los medios electrónicos de pago también se elimina al derogar la prohibición a los comercios de ofrecer rebajas por pagos al contado.


bottom of page